Por Heidi Maldonado
Hoy conversamos con cinco especialistas del Derecho de Familia, ellas son Carmen Varela, socia directora de Carmen Varela Abogados de Familia; Delia Rodríguez, CEO de Vestalia Abogados de Familia; Elisabet Hernández, socia directora de Hernández Costa; Isabel Winkels Arce, vicedecana del ICAM, abogada de familia y secretaria en Plataforma Familia & Derecho; y Paloma Zabalgo, socia directora de Paloma Zabalgo Abogacía Familiar.
Todas concuerdan en lo necesaria e imprescindible que es una reforma del Derecho de Familia y a su vez la creación de juzgados con competencia exclusiva en materia de familia. Conciertan que en los conflictos de familia se precisa una respuesta ágil de la justicia además de que requiere especialización y de un profundo conocimiento de la materia de todos los operadores jurídicos que intervienen.
Apuestan por la introducción del arbitraje como una solución para la mayoría de los problemas del Derecho de Familia, y, como expertas del área, nos cuentan que el Derecho Internacional está cada vez más presente en sus asesorías y no es más que una consecuencia de la globalización.
Carmen Varela es abogada de familia, mediadora y abogada colaborativa. Es vicepresidenta de la Sección de Familia del ICAB, es profesora del postgrado de Familia e Infancia y del Master de Mediación del ICAB.
Delia Rodríguez, por su parte, se considera una persona que vive con tanta vocación y pasión su profesión, “que inevitablemente ambas facetas de mi vida se entremezclan continuamente”. Nos contó que lo suyo con la abogacía fue una especie de flechazo sobrevenido que llegó una vez conseguió el encaje perfecto entre lo que había estudiado y aquello a lo que quería dedicarse. “Como hija de padres separados me encuentro muy comprometida con la defensa de los niños, niñas y adolescentes (NNA, en adelante), tanto dentro de los procesos de cambio y/o crisis familiar, como en cualquier otro tipo de situación que comprometa su bienestar y sus derechos”.
Carmen Varela
Entretanto, Isabel Winkels Arce nos reveló que es una mujer que vivió la transición política muy de cerca en su casa, “con una madre rompedora que se presentó a las primeras elecciones democráticas en España, y fue elegida senadora en la legislatura constituyente y diputada en la 1ª legislatura, con un padre que apoyó a su mujer incondicionalmente, lo que marcó su concepto de lo que tenía que ser una sociedad igualitaria. En lo profesional, es abogada que descubrió su vocación a los 18 años cuando empezó a estudiar derecho casi por casualidad”.
Paloma Zabalgo es abogada especialista en Derecho de Familia y Derecho Internacional de Familia, se ha desarrollado en áreas como el Derecho Civil, Derecho Penal y Derecho Contencioso Administrativo. Todo ello, junto con sus 18 años de experiencia en el área de familia, “nos ha permitido tanto a mí, como a mi equipo ser un despacho referente en el sector de la abogacía familiar, velando siempre por los intereses de las familias y en especial por el de los niños”.
¿Es necesaria la reforma del Derecho de Familia y a su vez la creación de juzgados con competencia exclusiva en materia de familia? ¿Por qué?
Carmen Varela: “Lo que es necesario es la creación de la Jurisdicción de Familia, ya que en las capitales de provincia sí que existen Juzgados especializados en Familia, pero en el resto de partidos judiciales no, lo que crea una justicia de familia a dos velocidades. Con respecto a las reformas necesarias, sin duda, se necesita modificar la ejecución en Derecho de Familia y adecuar la realidad social al Código Civil común”.
Delia Rodríguez: “Definitivamente, sí. Y así lo venimos reclamando muchos profesionales a lo largo y ancho del territorio nacional, así como distintas asociaciones e instituciones como la Plataforma de Familia y Derecho, así como la Asociación Española de Abogacía de Familia (AEAFA).
Podemos hablar de dos aspectos de la especialización que se complementan y necesitan mutuamente. Por un lado, la especialización en cuanto a la creación de juzgados de familia que únicamente entiendan de esta materia, de forma que todos los partidos judiciales cuenten con, al menos, un juzgado.
Esto ahora mismo no ocurre, lo que provoca que, dependiendo de dónde vives, tu proceso de familia puede que sea enjuiciado por un tribunal que no está especializado. Esto lógicamente no significa una crítica al trabajo de nuestros jueces y fiscales (que, por otro lado, se encuentran completamente colapsados), sino que se trata de poner en valor la especialización.
Como ocurre en medicina, no te opera el mismo médico si tienes una dolencia u otra. Con el derecho debería ocurrir exactamente lo mismo, por lo menos con determinadas materias, como ocurre con laboral o mercantil.
En segundo lugar, hablamos de especialización de los profesionales. El Derecho de Familia e infancia es tan especial y específico que merece la especialización por parte de todos los operadores jurídicos que formamos parte de este engranaje. Con ello me refiero no solo a los abogados, sino también a los jueces, fiscales y peritos que intervienen.
Por último, podemos hablar de la necesidad de crear una jurisdicción específica, reto muy ambicioso que los juristas también hemos puesto sobre la mesa”.
Elisabet Hernández
Elisabet Hernández: “La necesidad de juzgados especializados es una reivindicación cada día más vigente. El volumen de procedimientos que genera nuestra materia es importante por lo que orgánicamente la especialización de los juzgados está justificada. En los conflictos de familia se precisa una respuesta ágil de la justicia y que además sea sensible con las problemáticas familiares. Esta respuesta sólo puede darse si el juzgado que los resuelve está especializado”.
Para Isabel Winkels, una reforma no “sólo es necesaria; es imprescindible. ¿Por qué? Porque la sociedad es cada vez más compleja y necesita respuestas a esta realidad social que avanza a mucha mayor velocidad que las leyes. Es imprescindible que todos los operadores jurídicos que intervenimos en materias relacionadas con las familias estemos especializados, que conozcamos no solo las leyes, sino la jurisprudencia y los condicionantes de cada familia para poder ofrecer respuestas adecuadas a cada crisis familiar, que protejan sobre todo el interés de los más vulnerables: los niños, niñas y adolescentes”.
Paloma Zabalgo coincidió en que “sí. Es más que evidente la necesidad de la creación de una especialización de los juzgados de familia, cuestión que además se encuentra regulada en la mayoría de los países, siendo España, uno de los pocos países que todavía no cuenta con dicha especialización.
Existen enormes diferencias entre aquellos juzgados que cuentan con especialización que aquellos que no lo son, siendo incluso los recursos de los que disponen muy diferentes, que afecta a la propia persona y sobre todo a los niños, teniendo resoluciones muy diferentes según el lugar donde se resida. Así, Madrid capital cuenta con juzgados especializados en familia, mientras que en otros lugares de la Comunidad de Madrid, no, lo que implica una gravísima diferenciación en procesos tan delicados como son los de familia.
El perjuicio para las familias, y sobre todo, para los niños, es evidente. El que un tribunal desconozca las particularidades del proceso de familia puede generar situaciones que no protejan debidamente los intereses de los niños. Si bien a través de los oportunos recursos es posible modificar estas resoluciones, el paso del tiempo por sí mismo puede suponer un menoscabo”.
Con la redacción actual del proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa, actualmente en trámite parlamentario, ¿se garantiza la creación de juzgados especializados en Familia?
Carmen Varela: “En el papel sí, pero volvemos a lo mismo, si no se dotan las leyes de presupuestos, se convierten en papel mojado y no va a ser posible crearlos. La inversión en Justicia, al menos en Cataluña que es donde yo ejerzo, es 0 euros desde hace varios años. Así será imposible crearlos”.
A lo anterior, Delia Rodríguez agregó que “si bien parece existir cierta unanimidad en cuanto a la necesidad de la especialización de los juzgados, no menos cierto es que existen múltiples dudas sobre la puesta en marcha a la hora de ejecutar la Ley de Eficiencia Organizativa, según viene reflejado en el propio anteproyecto.
Esto es porque, tal y como está planteada la ley actualmente, no resulta viable crear una sección especializada en familia, infancia y capacidad en cada uno de los 431 partidos judiciales existentes.
Tal y como se debatió recientemente en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, la especialización se podría lograr de dos maneras: comarcalizando futuros tribunales de instancia y redistribuyendo la carga de trabajo, o bien mediante el desplazamiento del órgano judicial especializado a los distintos tribunales para conocer de manera exclusiva y excluyente las cuestiones relativas a infancia, familia y capacidad.
El paso más importante lo hemos conseguido. Ahora queda aterrizar la ley en la práctica para que la especialización sea una realidad y pongamos fin al trato discriminatorio que reciben los ciudadanos en función del partido judicial en el que residen”.
Continúo Elisabet Hernández, quien dijo que “el proyecto habla de la especialización por secciones de los tribunales de instancia y afortunadamente familia será una de ellas. Ahora bien, a los operadores no nos queda muy claros cuáles van a ser los criterios para que los partidos judiciales cuenten con estas secciones especializadas en familia ya que el redactado es muy ambiguo. Tendremos que esperar a la puesta en funcionamiento del sistema y confiar que la especialización esté más presente que en la actualidad”.
Isabel Winkels
Isabel Winkels agregó que “con el actual texto no. Se ha dado un paso importante, porque se reconoce la necesidad de crear una sección de Infancia, Familia y Capacidad en los Tribunales de Instancia, pero la redacción actual todavía está muy alejada de reconocer su implantación con carácter generalizado, como sí que se hace las secciones de lo mercantil.
El Colegio de la Abogacía de Madrid, el Colegio de la Abogacía de Barcelona y la Plataforma Familia y Derecho han presentado de manera conjunta una serie de importantes enmiendas a este proyecto, enmiendas que se encuentran en fase de estudio, y que esperamos que sean incorporadas al texto definitivo. Si se incorporan, sí que podemos hablar de igualdad ante la ley de todos los ciudadanos, porque todos tendrán acceso a una justicia especializada en familia con independencia de su lugar de residencia”.
Paloma Zabalgo añadió, además, que “el proyecto de ley prevé la modificación de la LOPJ y la creación, dentro de los Tribunales de instancia de distintas secciones, entre ellas, la de familia. Sin perjuicio de lo anterior, dada la redacción actual, se establece que estas secciones especializadas “podrán” estar integradas, por lo que hasta que no se publique el texto definitivo es difícil aventurarse sobre la eficacia que tendrá la norma al efecto de garantizar la creación de estos juzgados, siendo la actual redacción insuficiente para crear una verdadera especialización”.
Además de la reivindicación histórica de juzgados especializados de familia, ¿qué otras medidas creen hacen falta en nuestro día a día en los despachos y tribunales?
Carmen Varela consideró que “en los Tribunales, desde luego, más respeto por los tiempos de las personas y los profesionales con planificación realista de señalamientos de vistas con tiempo necesario entre una y otra que evita esperas desesperantes para todos; mayor especialización de los operadores jurídicos, mayor colaboración entre jueces, fiscales y abogados y, en general, hacer e implantar una justicia más “terapéutica”.
En los despachos de familia, que continúan siendo bastante personalistas, yo creo que se necesita más trabajo en equipo, mayor modernización y formación continua, además del uso habitual de idiomas como el inglés”.
Por su parte, Delia Rodríguez dijo que “resulta primordial hablar de presupuestos destinados a la Justicia en España. La precariedad se materializa en distintas vertientes: infraestructuras en algunos partidos judiciales, recursos humanos tanto en los juzgados como en los organismos públicos que colaboran activamente con ellos … Todo ello se traduce en dilaciones indebidas y un total colapso del sistema, lo que va de la mano con el hartazgo y el desespero de particulares y de operadores jurídicos.
La huelga indefinida de los letrados de la administración de justicia (LAJ) también refleja esta precariedad que comento, la cual trae consigo aún más atrasos en procedimientos que per se llevaban meses esperando a ser enjuiciados.
En cuanto a los despachos de abogados, me parece indispensable poner sobre la mesa la conciliación, la salud mental y el bienestar de la abogacía”.
Elisabet Hernández apuntó que, “para lograr decisiones judiciales más certeras en esta materia, los jueces deberían poder contar con el apoyo incondicional de los equipos técnicos, formados sobre todo de psicólogos, especializados en infancia y adolescencia. Actualmente los equipos existen y funcionan adecuadamente, pero están desbordados por la falta de recursos humanos por lo que muchos jueces desestiman su intervención en sus procesos para evitar la dilatación del proceso. Que jueces y abogados pudiéramos contar con estos informes y evaluaciones mejoraría no sólo nuestro trabajo si no principalmente la labor social que hacemos en su desempeño”.
Para Isabel Winkels, “un código de familia específico. Es imprescindible que se redacte un texto que regule el Derecho de Familia, todas las medidas inherentes a los conflictos familiares como la liquidación de los regímenes económicos, que es una materia que incrementa la conflictividad de estos procesos”.
Paloma Zabalgo precisó que “la especialización requiere un profundo conocimiento de la materia de todos los operadores jurídicos que intervienen, desde el juez o magistrado, a los abogados, fiscales, psicólogos, trabajadores sociales etc., que intervienen a lo largo del proceso.
Asimismo, el Derecho de Familia exige siempre que pueda alcanzar o intentar un acuerdo, debiendo utilizar todas las herramientas que estén a nuestra disposición para el mismo, desde la mediación, a la conciliación e incluso otros mecanismos de resolución de conflictos como el arbitraje para las cuestiones económicas, que permitan evitar procesos judiciales contenciosos entre las partes”.
A las expertas también les consultamos sobre los principales retos y desafíos que afronta la abogacía de familia hoy en día, para Carmen Varela “uno de los principales es continuar luchando por una Jurisdicción de familia que permite dar una solución judicial especializada a los ciudadanos. Además, convertirse en una especialidad atractiva para los jóvenes abogados evitando despachos personalistas o familiares que desincentiven la carrera en los mismos. Y, por supuesto, la especialización en Derecho Internacional de familia y la incorporación de los idiomas”.
Delia Rodríguez reflexionó afirmando que “la abogacía de familia se enfrenta diariamente al mayor reto que existe: adaptar la ley a las nuevas realidades familiares. Lógicamente esta meta es mucho más fácil de asumir cuando lo hacemos desde la especialización del Derecho de Familia; es más, diría que hoy día es necesario hablar de la especialización de la especialización.
El Derecho de Familia es amplísimo y complejo, puesto que abarca desde las crisis familiares hasta las cuestiones patrimoniales y fiscales, como así también asuntos sobre capacidad, sucesiones, violencia intrafamiliar, violencia de género o Derecho Internacional, entre otras.
Por supuesto, uno de nuestros objetivos principales debe ser conseguir la especialización de los juzgados y la creación de una jurisdicción de familia, como existe en mercantil, penal o administrativo. También la formación constante es necesaria para poder prestar un servicio de calidad a la ciudadanía, no solo de los abogados sino también de todos los operadores jurídicos y otros profesionales que actúan en el engranaje del sistema judicial”.
Para Elisabet Hernández el principal reto “sigue siendo reivindicar cada día en los juzgados que los niños, niñas y adolescentes son sujetos de derechos. Derechos que son independientes de las voluntades de sus progenitores. Es muy difícil que se escuche la voz del menor en los procesos y que se les trate adecuadamente. Que las administraciones no pongan acento en la protección de infancia y adolescencia es una lacra para nuestra sociedad”.
A lo anterior, Isabel Winkels sumó la necesidad de “saber adaptarse a los requerimientos de cada familia, especialmente de los niños, niñas y adolescentes, que están sometidos a multitud de riesgos e influencias nocivas, y proteger su desarrollo en un entorno libre de conflictos. Se pueden adoptar muchas medidas de protección desde una justicia especializada; se pueden y se deben adaptar los procedimientos a sus necesidades, hacer que giren, de verdad, en torno a su interés superior. Se puede y se debe introducir una figura en el procedimiento, su propio abogado, que hable por él, libre de las influencias de sus progenitores. Son figuras y medidas que existen en otras legislaciones y pueden perfectamente incorporarse a nuestro propio procedimiento”.
Paloma Zabalgo
Paloma Zabalgo indicó que “el Derecho de Familia no es ajeno a las transformaciones de la sociedad. Así, los nuevos modelos de familia son una realidad, el elemento extranjero y, por tanto, internacional, aparece cada vez con mayor frecuencia en las relaciones de pareja o la aparición de las redes sociales y su uso por los menores de edad, son cuestiones que debemos abordar cada día en el despacho. El poder dar respuesta a estas situaciones requiere no solo de conocimientos técnicos, sino de la necesaria empatía con la situación existente en cada familia, de forma que se pueda dar una solución adecuada a cada caso en concreto, pues rara vez se da la situación de que una misma respuesta pueda aplicarse en dos casos distintos, debiendo tratar cada asunto de forma personalizada”.
Sobre la introducción del arbitraje para dar solución a la mayoría de los problemas del Derecho de Familia, Carmen Varela cree que “en otros países europeos y de habla hispana, el arbitraje de familia es un método alternativo de resolución de conflictos que da solución a bastantes de ellos, pero aquí es absolutamente inexistente. Creo firmemente en que lo que funciona en países de nuestro alrededor puede ser una opción en España que, como mínimo, debe explorarse”.
Delia Rodríguez vislumbra claramente que “el arbitraje tendrá una gran acogida en España en cuanto al Derecho de Familia en su vertiente patrimonial. Esta forma alternativa de resolución de conflictos, en este caso dentro del ámbito familiar, puede ser plenamente eficaz y mucho más ágil que los procesos judiciales.
En el caso de las herencias contenciosas o las liquidaciones de gananciales hablamos de una media de duración de los procesos de tres o cuatro años en adelante. Los costes emocionales y económicos son enormes.
El arbitraje puede presentarse como una vía para encontrar una respuesta satisfactoria a conflictos de índole económica, especialmente cuando hablamos de grandes patrimonios, puesto que no podemos obviar que los costes de este sistema no son asumibles por cualquier economía familiar”.
Elisabet Hernández entiende que “el sistema de arbitraje podría ser útil en pequeños conflictos que pueden surgir sobre todo en cuestiones menores del ejercicio de la patria potestad e incluso como herramienta para pequeñas adaptaciones o desavenencias de lo que en Cataluña conocemos como plan de parentalidad. Sin embargo, no me parece una herramienta adecuada para el resto de asuntos tanto de protección de la infancia como cuestiones patrimoniales que en algunos casos pueden ser de gran complejidad”.
Isabel Winkels dijo, sin dudar, que “absolutamente sí. Hay materias que no son arbitrables, como las cuestiones relativas a los menores de edad, pero otras materias pueden ser perfectamente dirimidas mediante arbitraje. El ejemplo más claro son las liquidaciones de gananciales: en los casos más conflictivos, cada una de las dos fases en las que se divide este procedimiento puede tardar incluso más de cuatro años en ser firme. Eso significa que hay liquidaciones que no se resuelven hasta 10 años después de haberse iniciado y mientras tanto, los cónyuges tienen su patrimonio paralizado. Si ese mismo procedimiento se somete a arbitraje, incluso con tasaciones periciales, podría estar resuelto en un plazo de 6 a 8 meses. El menor coste, tanto económico como emocional, para las partes es incuestionable”.
Paloma Zabalgo afirmó que “el arbitraje en Derecho de Familia está siendo de plena aplicación en otros países, y si bien en España no existe todavía una educación o cultura sobre su aplicación en los procesos de familia, es un mecanismo interesantísimo para la resolución de conflictos económicos, dado que todas aquellas cuestiones que puedan afectar a menores de edad no pueden ser sometidas a arbitraje, al ser cuestiones de orden público y por tanto deber ser sometidas a conocimiento, y aportación del juez. En este momento en España se comienza a conocer la importancia del arbitraje para su aplicación en Derecho de Familia, y se está trabajando para proceder a su conocimiento, estudio y aplicación a los procesos de familia en aquellas cuestiones que puedan ser objeto de arbitraje”.
Sobre las consultas más recurrentes que llegan a sus despachos, las expertas en Derecho de Familia coincidieron que, al dedicarse también al Derecho Internacional de familia, en el caso de Carmen Varela le “llegan muchas relocation y divorcios de parejas mixtas, igual que sustracción internacional de menores. Las razones son evidentes: en un mundo más global de movimientos migratorios laborales y personales, cuando se producen los divorcios o los traslados laborales se generan conflictos transfronterizos”. Agregó que, con respecto al Derecho de Familia nacional, siguen siendo los más frecuentes los divorcios, las custodias, los aspectos patrimoniales de las rupturas, las modificaciones de medidas, así como las controversias sobre los cambios de domicilio y de colegio, ¿por qué? Pues porque cada vez son más habituales matrimonios o parejas de corta duración que, cuando se produce la ruptura, tienen hijos de corta edad, por lo que la regulación inicial debe irse ajustando a las diferentes etapas de la vida de los menores y de sus progenitores”.
Delia Rodríguez
“En el caso de Vestalia Abogados de Familia nuestro servicio se caracteriza por la defensa de la infancia en todas sus facetas, siendo especialistas en custodias y medidas de protección de los NNA, tanto a nivel nacional como internacional. Desde los primeros pasos de la firma (Vestalia proviene de ´Vestas´, diosas protectoras del hogar) nuestra máxima ha sido el bienestar de los niños, consiguiendo que este mensaje que enarbolamos con orgullo cale a la hora de que los clientes referencien nuestro trabajo”, dijo Delia Rodríguez.
Elisabet Hernández puntualizó que “las más abundantes son las relativas con las custodias de los hijos. El sistema de priorizar un régimen de custodia, en este caso la compartida, está generando mucho debate porque no siempre es el modelo más adecuado. A ello debe sumarse que produce conflictividad en las familias ya que en nuestro sistema legal se prioriza al progenitor custodio en la atribución del uso familiar. Con estos ingredientes el debate está servido”.
Isabel Winkels agregó a lo comentado “que las situaciones de rupturas son cada vez más complejas, y la famosa globalización es en parte responsable. Viajar es fácil, y entablar nuevas relaciones y establecer nuevas familias entre personas de distintas nacionalidades y culturas da lugar a veces a que los conflictos se potencien.
El Derecho Internacional está cada vez más presente en los procedimientos ya que en el momento en el que hay un elemento extranjero, o españoles que viven expatriados, hay que acudir a los Reglamentos y convenios internacionales para determinar la ley aplicable y el tribunal competente para dirimir cada cuestión. Y a veces hay dos posibles tribunales competentes, lo que provoca que se puedan iniciar dos procedimientos en dos países distintos.
Sucesiones internacionales, liquidaciones con bienes en distintos países, gestaciones subrogadas o adopciones internacionales … son muchas materias, cada vez más complejas que llegan cada vez más a los despachos”.
Finalmente, Paloma Zabalgo coincidió en que “las consultas más recurrentes que llegan al despacho son los procesos de separación, divorcio o medidas paternofiliales, solicitando nuestro asesoramiento para conocer la nueva situación a la que se debe hacer frente, existiendo una transformación de la sociedad, por cuanto las cuestiones más habituales son las derivadas del ejercicio de la custodia compartida, siendo en este caso la mayoría de los progenitores quienes optan por este modelo de custodia o bien lo solicitan al juzgado. Asimismo, con motivo de la globalización, encontramos un claro incremento en las consultas con elemento extranjero, que obliga al necesario conocimiento del Derecho Internacional de familia, y el dominio de los convenios y reglamentos internacionales que permitan dar respuesta a cada situación”.