#lomásleído La revolución del metaverso: retos normativos, jurídicos y regulatorios

“Un mundo legal paralelo sin conexión con el mundo físico es todavía difícilmente imaginable”
Publicado el diciembre 23, 2022, 9:44 am
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6 de abril de 2022 |
Por Heidi Maldonado

El mundo virtual creado con el metaverso supone todo un reto desde el punto de vista jurídico. En este especial, Alejandro Touriño, socio director de ECIJA; Santiago Marín, abogado senior de Q&Q Legal; Rosa Guirado, abogada y economista, fundadora de Legal Sharing, Legal Advice for Digital & Sharing Economy y colaboradora de Lawyers for Projects; Sofía Martínez-Almeida, socia de Gómez-Acebo & Pombo; y Román Esteban González, notario de Notaría 38, hablan de las implicaciones legales del metaverso desde los diferentes ángulos del derecho de los negocios.

Empecemos por el principio, ¿qué es el metaverso?

A juicio de Alejandro Touriño es “una evolución natural de internet, la 3.0, más intensiva, integrada e inmersiva para el usuario. Frente a la versión 1.0 de internet, donde el usuario principalmente consumía contenidos generados por los titulares de las plataformas, o la versión 2.0, donde el usuario consumía y producía contenido en entornos colaborativos, el metaverso o internet 3.0 es un nuevo entorno virtual al que accedemos a través de unas gafas de realidad virtual y en el que el usuario interactúa con otros usuarios y proveedores de servicios por medio de un avatar que le representa. El metaverso se plantea como un abanico enorme de alternativas en el ámbito del entretenimiento, de los contenidos y del ocio, pero también del trabajo y de la formación”.

Román Esteban afirmó que el metaverso “es un entorno de interacción entre las personas, enriquecido con tecnologías como la realidad aumentada y virtual”.

Para Rosa Guirado “la palabra metaverso es un acrónimo compuesto que procede del griego: por un lado, por “meta”, que significa más allá y, por otro, por “verso” que significa universo. De esta forma, por metaverso se entiende aquel universo que se encuentra más allá de la realidad o universo actual.

Se trata, pues, de una realidad virtual tridimensional que se sirve de tecnologías punteras, como la realidad virtual y la realidad aumentada. Así, los usuarios crean avatares para poder interactuar en esta realidad, y poder realizar transacciones económicas u otro tipo de actividades. Todo ello, de forma descentralizada y por medio de la Web 3.0, o tercera generación de (plataformas de) internet”.

Santiago Marín, por su parte, definió el metaverso como un “espacio digital disruptivo de interacciones interpersonales, comerciales y sociales que emerge sobre la base de la tecnología blockchain. Vemos en él, un mundo de posibilidades humanas ilimitadas sobre el que aterrizarán novedosas formas de relacionamiento, pues en este espacio, el límite es la imaginación y la creatividad e innovación concurren transversalmente como pilares del ecosistema”.

Sofía Martínez-Almeida considera que el metaverso “es en esencia un mundo o entorno virtual 3D persistente en el que los usuarios, a través de avatares, interactúan entre sí o con objetos virtuales y en el que se puede trabajar, explorar, disfrutar experiencias, comprar, jugar, relacionarse o generar negocios, conectado con el mundo real, pero sin las restricciones físicas de este.

El sector de los videojuegos ya había explotado en gran medida este concepto, pero el desarrollo y convergencia de determinadas tecnologías está abriendo nuevas oportunidades de creación de metaversos más inmersivos y la eclosión de una nueva economía virtual. Aunque aún no hemos llegado al metaverso 100 % inmersivo, aquel en el que podamos experimentar las mismas sensaciones físicas que tenemos en el mundo real ni tampoco a la interoperabilidad entre los diferentes metaversos existentes (hoy por hoy no hay un único metaverso, sino diversos metaversos no interconectados entre sí).

Desde un punto de vista más personal, para mí (que pertenezco a la generación X) es una realidad que en determinados aspectos puede resultar desafiante, para los abogados más jóvenes es una realidad que forma parte natural de su vida y que entienden muy bien desde los más diversos puntos de vista (relacional y económico) y, para todos, representa una oportunidad única de desarrollar nuestras capacidades como profesionales del derecho en un entorno tecnológico nuevo y apasionante”.

Hay metaversos destinados a los videojuegos, pero también están los relacionados con la educación, la industria del entretenimiento y la información, se compran y se venden productos y servicios y hasta el sector legal comenzó a adentrarse en este mundo virtual. ¿Se han planteado decir presente y quizás emplearlo como un potencial canal de contacto y comunicaciones?

Alejandro Touriño expresó que por el momento el rol de ECIJA en el metaverso “está limitado al análisis profundo y al asesoramiento a los clientes en lo que a retos y oportunidades para ellos se refiere. No descartamos una participación más activa en el futuro, pero, a la fecha y en tanto que el ecosistema no se encuentre más desarrollado, vemos nuestro papel como el de usuarios activos y de asesores cualificados a nuestros clientes. No en vano, estamos ya asesorando a clientes de distintas industrias en su aproximación al metaverso, en materias como la propiedad intelectual, el comercio electrónico, el derecho de la publicidad o el derecho societario. Se me antoja difícil querer estar a la vanguardia de las tecnologías y no jugar un papel importante aquí”.

Román Esteban manifestó que “está convencido de ello, aunque existe poco conocimiento de la dirección que tomará esta tendencia, muchas personas y empresas están orientando sus esfuerzos para participar en el metaverso”.

Como canal de contacto, afirmó Sofía Martínez-Almeida “es todavía pronto para valorar dar este paso. Por el tipo de asesoramiento y clientes a los que prestamos servicio todavía sería muy aventurado tener presencia dentro del metaverso, aunque algunos de nuestros clientes están acometiendo proyectos de diferente envergadura en el mismo. Ahora bien, como abogados expertos en tecnología y porque necesitamos acompañar a nuestros clientes en sus negocios y visión, tenemos que entender en profundidad esta nueva realidad, lo que implica para estos, el entorno legal en el que se van a mover y las consecuencias que sus acciones por, para y en el metaverso pueden conllevar.

Dicho esto, como canal de comunicación, es algo que tenemos muy presente a corto plazo”.

Santiago Marín dijo que “como presencia digital propiamente dicha no, pero en Q&Q legal sí hemos venido perfilándonos como pioneros en el acompañamiento de las relaciones comerciales que se generan desde allí, pues los retos legales que se presentan en Colombia son enormes debido a la antigüedad de las fuentes de derecho que actualmente regularían los conflictos que se generen en los metaverso. Hemos seguido de cerca la presencia e inmersión de clientes de la oficina, principalmente de artistas, quienes han encontrado la posibilidad de publicar, vender y hasta subastar sus obras en NFTs en espacios digitales con experiencias de inmersión exclusivas.

Rosa Guirado puntualizó que “de momento, a corto plazo, aún no. Pero a medio plazo, sí, sin duda”.

Recientemente ECIJA publicó una guía sobre el “metaverso y una primera aproximación jurídica”, entre muchas otras conclusiones se dice que “nos encontramos ante una nueva revolución, no solo tecnológica, sino social, que nos lleva a cambiar completamente el paradigma que en su día planteó Internet. En esta ocasión, parece que los mundos digitales vienen a proponernos una vida cotidiana completamente virtual e inmersiva”.

¿Por qué hablamos de una nueva revolución?

Alejandro Touriño explica que hablamos de revolución por “la inmersión que esta tecnología propone. Los que hemos navegado en el metaverso nos damos cuenta de dos circunstancias: es una tecnología muy inmadura aún, con una barrera tecnológica de entrada alta -hardware pesado y software con mucho margen de mejora- pero con un potencial enorme de hacer cosas. Navegar en el metaverso es crear un avatar y comenzar a interactuar en un mundo paralelo. Yo, por ejemplo, he tenido ocasión ya de comprar y vender en el metaverso, de impartir y recibir clases, de generar y compartir contenido, etc. Estamos solo al principio, pero la apuesta que las grandes tecnológicas han hecho por esta tecnología invita a pensar en un gran futuro para el metaverso”.

Rosa Guirado, a su vez, comentó que “se trata de una innovación disruptiva y revolucionaria, en tanto que supone un cambio esencial de los parámetros en que hoy en día se plantea la realidad social y jurídica.

Desde hace años, hemos visto aparecer diferentes escenarios disruptivos, a saber:

(1) en los años 90, la realidad de internet, con interacciones unidireccionales de información desde las webs 1.0 a los usuarios;

(2) posteriormente, hacia el año 2000, las redes sociales, en las que existía una interacción bidireccional entre usuarios, aunque solo basada en intercambios de información (likes, comentarios, etc.);

(3) para aparecer después, sobre el año 2009, dos disrupciones paralelas, enfocadas ambas en descentralizar los modelos o realidades tradicionales: (3.1) por un lado, las plataformas digitales colaborativas (Airbnb, BlaBlaCar) o quasi-colaborativas (Deliveroo, Glovo, Cabify y Uber en España) que descentralizaban los modelos tradicionales de alojamiento, transporte, car-sharing, ride-sharing, … y por otro lado, Bitcoin, sobre blockchain, como mecanismo de descentralización de los bancos centrales;

(4) para finalmente, advertir estos últimos años, la aparición paralela de: (4.1) la realidad inteligente, artificial y autónoma, a través del Machine Learning e IoT, en que son los objetos los que interactúan, en relación con los sujetos (por ejemplo, enviando el refrigerador la orden de compra de un usuario, al supermercado) y, al mismo tiempo, (4.2) la aparición de una realidad virtual, esta vez relacionada con el protocolo descentralizado de blockchain y las criptomonedas: el metaverso.

Por su parte, Sofía Martínez-Almeida partió del punto de que “estamos viviendo un crecimiento exponencial de tecnologías relacionadas con el metaverso (dispositivos de VR, IoT, 5G, inteligencia artificial, …) y las tecnologías descentralizadas basadas en blockchain están experimentando un fuerte desarrollo. Como consecuencia de la convergencia y el refuerzo mutuo entre ambas tecnologías, múltiples analistas anticipan una evolución de internet tal y como lo conocemos hoy, a un entorno virtual donde el metaverso ofrecerá un mundo alternativo donde trabajar y socializar, al mismo tiempo que la tecnología de blockchain habilitará el empoderamiento del usuario, que gestionará de forma autónoma sus datos, identidad y propiedades digitales.

En cualquier caso, y a pesar de la gran expectativa que se ha generado, no podemos olvidar que el desarrollo de estas tecnologías está aún en un estado de madurez muy incipiente, y es probable que el pleno desarrollo de esta visión de futuro tarde aún muchos años en llegar”.

¿El sector legal se está preparando frente a esta una nueva forma de realidad tomando en cuenta que posiblemente todas las ramas del ordenamiento jurídico se vean afectadas?

Alejandro Touriño, socio director de ECIJA, afirmó que no sabe cuánto de preparado está el sector jurídico, pero de lo que sí está “convencido es de que no habrá disciplina jurídica que no se vea afectada por el metaverso. Creo que es sencillo imaginarlo. Una tecnología que nos propone la creación de un mundo paralelo, donde interactuar con otros usuarios, con prestadores de servicios o con la administración pública requiere de una respuesta jurídica adecuada. A mi juicio existen muchas normas que están ya preparadas para dar respuestas al metaverso, pero otras muchas no lo están. Nos tocará como juristas estar muy cerca de las nuevas situaciones y de los nuevos escenarios que esta tecnología nos exija”.

Román Esteban, notario de Notaría 38, precisó que “en general el sector legal reacciona tarde y lento ante disrupciones de cómo será el “metaverso”. En un principio habrá una especie de autorregulación, seguramente algunas iniciativas de arbitrajes y mediación. Esto último es un gran reto y oportunidad para el sector legal”.

Entretanto, Santiago Marín, abogado senior de Q&Q Legal, cree que surgirá “una relación simbiótica” entre las leyes de privacidad, protección de datos y el metaverso, “las legislaciones sobre protección de datos emergen en un escenario global en el que seguramente no se tuvieron en cuenta las transferencias de datos producida, el metaverso, como consecuencia de su poca visibilidad, por ser escenarios emergentes popularizados, entre otras cosas, con el cambio de nombre de Facebook y, adicionalmente, porque su comprensión y alcance aún es prematuro frente a las posibilidades que puede generar una tecnología tan compleja.

No obstante, creo que el mayor reto de la legislación es mostrarse pertinente o buscar el espacio para serlo, respecto al futuro de la web 3.0 que es tecnología blockchain, en la que su pilar principal es la protección de los datos de sus usuarios; ofreciendo a su vez soberanía sobre la custodia de los mismos. Esta tecnología que ya está funcionando en el mercado, con seguridad permeará transversalmente en todo el ecosistema blockchain, del que por su puesto hacen parte los metaversos”.

Rosa Guirado, abogada y economista, y colaboradora de Lawyers for Projects, continúo señalando que “sin duda es algo que debe estar en la estrategia a medio o largo plazo de cualquier profesional del derecho, atendiendo a la especialidad y los recursos con que se cuente”.

Sofía Martínez-Almeida, socia de Gómez-Acebo & Pombo, manifestó que “el sector de la abogacía está empezando a comprender que el metaverso es una realidad ya muy presente no solo a nivel social o relacional sino desde un punto de vista de negocio. Si los abogados queremos acompañar a nuestros clientes en esa nueva realidad, debemos entenderla y adelantarnos a las eventuales cuestiones legales que inevitablemente se van a presentar. Es ya conocido que grupos como Hermes o Nike han iniciado acciones judiciales por actividades de terceros realizadas en el metaverso. La regulación siempre suele ir por detrás de los avances tecnológicos y las nuevas realidades. Ello no quiere decir que la normativa existente en muchos aspectos -aunque no en todos- no sea de aplicación, pero otros exigirán un trabajo interpretativo para su aplicación y otros, nueva regulación”.

Román Esteban, notario de Notaría 38, continúo señalando que el “metaverso será un entorno de interacción, lo cual puede facilitar la celebración de acuerdos entre las personas, entre ellos los vinculados al sector inmobiliario, y con iniciativas muy interesantes como los fideicomisos digitales, la tokenización de activos y desde luego el crowfunding para proyectos inmobiliarios”.

¿El metaverso se adaptará a las leyes sobre propiedad y titularidad de activos intangibles, derecho de la competencia, privacidad, protección de datos, seguridad, etc, o las leyes ya existentes en estos ámbitos se adaptarán al metaverso?

Alejandro Touriño, “creo que será, más bien al contrario. No es la realidad la que se adapta a las normas, sino que son las normas las que han de adaptarse a las nuevas realidades. Hace 20 años no existían los buscadores de internet, las redes sociales o las aplicaciones móviles. Las leyes han tenido que correr para adaptarse a la vertiginosa realidad tecnológica y lo tendrán que hacer para adaptarse a los casos de uso que nos plantee el metaverso. A la fecha de hoy es difícil imaginarse hasta dónde el metaverso va a llegar”.

Para Rosa Guirado, el planteamiento le recuerda “al que se hizo a nivel mundial y, en concreto, a nivel europeo, con la aparición de la Economía Colaborativa. Los menos expertos insistían en la necesidad de regular la nueva realidad. Frente a aquellos, el 2 de junio de 2016, la Comisión Europea publicó unas Guidelines que denominó “Una Agenda Europea para la Economía Colaborativa”, en las que señalaba cómo aplicar la legislación existente a la nueva economía.

Yo creo que la realidad se mueve más rápido que el derecho y que este, a su vez, es completo en sí mismo. Así, ante cualquier falta de regulación ante un hecho concreto o una nueva realidad, el ordenamiento jurídico, en su conjunto, permite interpretar las normas existentes para su aplicación a la realidad cambiante”.

Sofía Martínez-Almeida, “la respuesta a esto es ambas cosas, como ya he anticipado, las leyes existentes deberán interpretarse y adaptarse a las nuevas realidades tecnológicas (y, en concreto, al metaverso). En este sentido, sirva como botón de muestra, que el Supervisor Europeo de Protección de Datos ya ha publicado varios informes interpretativos en relación con los accesorios necesarios para acceder a los nuevos entornos virtuales (i.e. “smart glasses and data protection”). Y, a su vez, las empresas que se sumerjan inicialmente en este nuevo entorno virtual necesitarán también realizar una primera aproximación a la normativa actual (relativa a propiedad intelectual e industrial, privacidad, identidad digital, competencia, inteligencia artificial, etc.) para adaptarla al concreto proyecto que dicha empresa esté diseñando o ejecutando (sin que les vaya a ser posible esperar a la creación, en su caso, de una nueva regulación legal 4.0 ad hoc).

Es innegable que la regulación del metaverso todavía presenta importantes lagunas y que la mayor dificultad se alcanzará, desde el punto de vista legal, cuando exista un único metaverso (o múltiples metaversos interoperables entre ellos). Por el momento, ciertos metaversos que se han ido desarrollando tienen sus propios términos y condiciones de uso (dado que son plataformas privadas) que se han de tener en cuenta.

En este escenario es especialmente importante el asesoramiento ex ante”.

¿Habrá alguna forma de brindar seguridad jurídica a las empresas que hagan negocios en el metaverso?

Román Esteban González precisó que “logrando acuerdos para la resolución de disputas o controversias, esto se puede lograr con cláusulas y procedimientos de mediación y arbitrales robustos, basados en blockchain. Todo lo anterior en espera de una regulación por parte del Estado que, no siempre es atinada”.

Mientras que Santiago Marín dijo que “por supuesto que la hay y la habrá. No obstante, hace falta comprender el funcionamiento de la tecnología y el core de las relaciones económicas para entender qué tipo de negocios pueden surgir de la presencia empresarial en este escenario digital y en esa medida precisar si los protocolos de seguridad de blockchain y de los smartcontracts, no son suficiente seguridad, para intervenir jurídicamente y solidificar dichas relaciones.

No sobra mencionar que cada día las empresas encuentran mayor interés en la presencia de estos espacios. Se han generado millonarias transacciones, que, desde luego, representan una oportunidad de mercado para el sector legal siempre y cuando se genere innovación frente a los servicios prestados y lo más importante, se comprenda en detalle el funcionamiento tecnológico y económico de los ecosistemas”.

Desde el punto de vista de los negocios es evidente que se abrirán grandes oportunidades y para ello se necesitará de un marco jurídico que brinde seguridad y certidumbre, ¿cómo ven al sector legal en el futuro, se aproximan tiempos interesantes?

Alejandro Touriño aseguró que “se aproximan tiempos apasionantes para el sector legal. Tanto para los negocios, como para el entretenimiento, como para la salud, como para cualquier otra dimensión social o humana, el surgimiento de una tecnología con un alcance como el que aquí se vislumbra, vaticina importantes retos normativos, jurídicos y regulatorios”.

Rosa Guirado no dudó en afirmar qué “sin duda. Tiempos de contribuir a la elaboración de las interpretaciones de las entidades jurídicas y de la aplicación correcta de las normas actuales”.

Sofía Martínez-Almeida, “sin duda. En el metaverso se producirán (y, de hecho, ya se están produciendo) múltiples situaciones que entrañarán cuestiones jurídicas de diversa naturaleza y que requerirán de nuestro asesoramiento, del diseño de una adecuada estrategia legal (preventiva y reactiva) y de una operativa posterior que permita a las empresas prestar sus servicios y anunciarse de manera segura en el metaverso.

No obstante, no estamos hablando de un futuro tan lejano, sino de una realidad ya (semi)tangible, en tanto en cuanto ya se han presentado las primeras demandas en este campo (p.ej. Miramax frente a Quentin Tarantino por la venta no autorizada de NFTs de Pulp Fiction, Hermes frente al creador de NFTs Mason Rothchild por vulnerar su derecho de marca al vender una reproducción digital en formato NFT de su famoso modelo de bolso Birkin o Nike frente a StockX por vender NFTs de sus ‘sneakers’), lo que probablemente nos servirá de orientación, entre otros asuntos, en materia de protección de las marcas y diseños en los universos digitales.

Por otro lado, múltiples compañías como Nike, Dolce & Gabbana, Coca-Cola, Louis Vuitton, Sotheby’s, Inditex, Gucci o BMW ya han lanzado sus productos o experiencias en los numerosos metaversos que ya están en producción y otras tantas (fundamentalmente, las Big-Tech) han anunciado ya la creación de equipos especializados 4.0 y el desarrollo de herramientas ad hoc para estos nuevos entornos virtuales”.

La comunidad legal al igual que muchos otros sectores ha tenido que evolucionar en la manera de prestar sus servicios, ¿es posible que con el metaverso se comiencen a repensar los servicios legales desde abajo, desde cero?

Alejandro Touriño sentenció que “el legal es un sector absolutamente transversal a todos los estratos sociales. Los operadores jurídicos juegan un papel absolutamente clave en cualquier cambio social o tecnológico. El metaverso nos obligará a acompañar a nuestros clientes a un entorno hasta ahora desconocido y quizás a repensar también la manera en que prestemos servicios jurídicos a nuestros clientes. Hemos leído ya cómo algunas firmas anglosajonas han comenzado a ofrecer servicios en distintos metaversos. En España creo que es demasiado pronto todavía, pero no descarto que lo comencemos a ver en breve. Nos toca estar muy atentos”.

Román Esteban González precisó que “es posible, aunque esto ya está sucediendo desde antes del “metaverso”. La tendencia a la prestación de servicios legales más claros, con un conocimiento mayor de las operaciones y sectores de los clientes y con costes más transparentes ya es un hecho. El “metaverso” será un entorno de interacción, si es el adecuado para la prestación de servicios legales, eso lo veremos en el futuro”.

Santiago Marín cree que “es posible siempre y cuando la praxis jurídica transite por dos caminos que considero esenciales: (i) El primero de ellos, a través de la búsqueda de una alternativa para romper con el formalismo jurídico, la cultura jurídica tradicional decimonónica y tal vez hasta con el positivismo, como consecuencia de la comprensión de un ecosistema que surge sobre la base de la descentralización. (ii) En segundo lugar, ofrecer una alternativa de solución con valor agregado que permita estimar rápidamente, la pertinencia de adquirir servicios basados en la solución de un problema específico que no pueda ser resueltos por la tecnología, un protocolo o la línea de código de cualquier tipo de software”.

Rosa Guirado precisó que “se tendrá que repensar todo (lo que se vea afectado por la realidad del metaverso) desde cero”.

Finalmente, Sofía Martínez-Almeida agregó que “hoy por hoy es difícil contemplar ese escenario tan revolucionario, aunque la forma en que se prestan determinados servicios jurídicos o nos relacionamos con los clientes sí puede verse transformada. Ya se está hablando en determinados foros de las eventuales ventajas de celebrar juicios, mediaciones o arbitrajes en el metaverso.

Pero un mundo legal paralelo sin conexión con el mundo físico es todavía difícilmente imaginable. Como recientemente señalaba Ángel Carrasco en el Documento de análisis GA_P ¿Qué es un Metaverso? Cuya lectura recomiendo, “Pertenece aún al futuro la posibilidad de universos virtuales autónomos que no se comuniquen con el mundo real donde los avatares-tokens-agentes de inteligencia artificial avanzada negocien y disputen conforme a las reglas del metaverso”.