Zaiwalla & Co afirma que sentencia de la Corte Suprema del Reino sobre oro venezolano tendrá repercusiones en el Derecho Internacional

Publicado el octubre 13, 2021, 9:58 pm
FavoriteLoadingAdd to favorites 6 mins
13 de octubre |

En los próximos días la Corte Suprema del Reino Unido sentenciará sobre el litigio entre el Gobierno de Nicolás Maduro y la administración del líder opositor Juan Guaidó en cuanto a quién tiene la potestad de las 31 toneladas de oro de las reservas venezolanas resguardadas en el Banco de Inglaterra.

Antecedentes

El Banco Central de Venezuela (BCV) solicitó, a mediados del año pasado, al Banco de Inglaterra transferir 1.000 millones de euros para poder financiar gastos derivados de la crisis sanitaria por el Covid- 19, pero la solicitud fue denegada. La principal excusa del ente bancario público británico fue que el Gobierno del Reino Unido dejó de reconocer al presidente Nicolás Maduro y al chavismo como gobernantes legítimos de Venezuela a principios de 2019.

Es así como se da inicio a la demanda al Banco de Inglaterra en mayo de 2020. En los próximos días se espera que la Corte Suprema del Reino Unido se pronuncie sobre dos asuntos: (i) ¿a quién reconoce el Gobierno británico? Y (ii) ¿pueden las cortes inglesas considerar la validez conforme al derecho venezolano de los actos emitidos por Guaidó?

La firma de abogados londinense Zaiwalla & Co, despacho asesor del Banco Central de Venezuela, comentó a Líder Legal que la disputa se originó en la existencia de dos directorios en conflicto, ambos alegando ser los representantes legítimos del banco, uno nombrado por el presidente Maduro (el “Directorio del BCV”) y el otro nombrado por Juan Guaidó (la “Junta Ad-Hoc del BCV”). “En la práctica, ninguno de los miembros de la Junta Ad-Hoc del BCV ejerce control real sobre las operaciones y activos del BCV en Venezuela”, resaltó el despacho.

El BCV, según información de la firma, tiene una cuenta de oro en el Banco de Inglaterra, con reservas de oro de alrededor de 1.95 mil millones de dólares, así como unos 120 millones de dólares en Deutsche Bank. El bufete además alertó de algunos puntos clave sobre el caso y sus importantes consecuencias en el Derecho Internacional:

– En primer lugar, la cuestión de Derecho Internacional que rodea a este caso en un asunto que se está llevando al terreno político: el Reino Unido pretende determinar el destino de los activos de una nación soberana. La Carta de la ONU establece que todos los miembros se abstendrán de la amenaza o el uso de la fuerza contra la independencia política de cualquier Estado, y la Declaración de 1970 sobre los Principios del Derecho Internacional, de conformidad con la Carta de la ONU, indica que ningún Estado tiene derecho a intervenir en los asuntos de otro Estado.

– Si el Reino Unido puede determinar el destino de estos activos venezolanos se establecerá un precedente en el panorama del Derecho Internacional que legitimará que los gobiernos tomen activos de naciones soberanas extranjeras y los entreguen a partidos opositores. Esto supondría un grave impacto en los mercados emergentes con reservas internacionales en países occidentales.

En palabras de Leigh Crestohl, socio de Zaiwalla & Co. y abogado del Banco Central de Venezuela, “sorprende la posibilidad de que una declaración unilateral de reconocimiento político por parte del Gobierno del Reino Unido pueda desposeer a un soberano extranjero de los bienes depositados en Londres sin que pueda recurrirse a los tribunales ingleses. Más aún cuando ese reconocimiento ignora la realidad sobre el terreno. El resultado de este caso puede repercutir en el atractivo de la City de Londres y del Banco de Inglaterra como lugar seguro para los activos soberanos extranjeros”.

Finalmente sentenció, “ni tan siquiera en la crisis del Covid-19 Venezuela ha podido utilizar sus reservas en el Reino Unido para hacer frente a la pandemia. Generalmente, las sanciones internacionales gozan de exenciones por razones humanitarias.

Zaiwalla & Co., con sede en Londres desde 1982, es reconocido por el Legal 500 UK 21 para las prácticas de litigios en Londres y es la única firma boutique clasificada por Chambers UK 2020 para litigios bancarios. Sarosh Zaiwalla, socio fundador, ha participado en más de 1.200 arbitrajes internacionales de energía, marítimos y de construcción en Londres y en todo el mundo, como abogado, consejero, árbitro designado por las partes y árbitro único. Fue miembro de la Corte Internacional de Arbitraje de la CCI, París, desde 1990 hasta 2002 y es mediador del Centro para la Resolución Eficaz de Conflictos.

Leave a Reply

  • (privado)