Ley de Criptoactivos en Brasil: nuevas oportunidades para los proveedores de servicios de activos virtuales en Brasil

13 de febrero de 2023 |
Por Cecília Alberton Coutinho Silva, abogada de la firma Veirano Advogados en São Paulo

La Ley de Criptoactivos (o Marco Regulatorio de los Criptoactivos brasileño, como pasó a denominarse) fue tácitamente sancionada el 21 de diciembre de 2022 y publicada en el Diario Oficial de la Unión el 22 de diciembre de 2022. En este sentido, el Proyecto de Ley nº 4.401/2021 se convirtió oficialmente en la Ley nº 14.478/2022, que refleja el texto aprobado por la Cámara de Diputados el 29 de noviembre de 2022.

El Proyecto de Ley, que consolidó una serie de propuestas surgidas de varias iniciativas parlamentarias y creó un texto que abarca cuestiones clave que implican el funcionamiento de los proveedores de servicios de activos virtuales (“virtual assets service provider” o “VASP”) en Brasil, fue objeto de intensos debates desde su proposición por el diputado Aureo Ribeiro y llegó a ser archivado en 2017 y posteriormente reabierto para su debate en el mismo año. El Proyecto de Ley fue aprobado por la Cámara de Representantes en 2021 y luego pasó al Senado Federal, en el que se dieron una serie de cambios, antes de volver a la Cámara de Diputados en abril de 2022.

Los principales puntos de la Ley que fueron objeto de controversia durante el proceso legislativo quedaron fuera de la versión sancionada, a saber: (i) la regla de segregación entre los activos de los proveedores de servicios de activos virtuales y los de los inversores; (ii) la vigencia inmediata de la ley destinada a impedir el establecimiento de proveedores aún no constituidos en Brasil; y (iii) la sección que preveía la exención de impuestos federales hasta diciembre de 2029 sobre la compra de equipos y software para la “minería” de monedas virtuales.

El Marco Regulatorio de los criptoactivos, entonces, regula la prestación de servicios de activos virtuales (criptomonedas) y dispone sobre las responsabilidades de los intermediarios en la negociación de tales activos en Brasil, buscando la protección de los inversores, la estabilidad financiera y la integridad del mercado de criptoactivos en el país. Entre las principales disposiciones de la Ley se destacan las siguientes:

  • Autorización de Explotación

Los VASP solo podrán operar en Brasil con autorización previa del regulador, que será un órgano o entidad de la administración pública federal con autoridad para disciplinar el funcionamiento y la supervisión de los VASP. El Gobierno actual deberá definir el regulador y se espera que el Banco Central de Brasil sea designado para desempeñar este papel.

  • Concepto de VASP

La Ley define VASP como la persona jurídica que realiza, por cuenta de terceros, al menos uno de los servicios de activos virtuales, entendidos como: (i) intercambio entre activos virtuales y moneda local o extranjera; (ii) intercambio entre uno o más activos virtuales; (iii) transferencia de activos virtuales; (iv) custodia o administración de activos virtuales o de instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; o (v) participación en servicios financieros y prestación de servicios relacionados con la oferta por parte de un emisor o venta de activos virtuales. Además, la Ley prevé que las instituciones autorizadas a operar por el Banco Central de Brasil puedan prestar exclusivamente el servicio de activos virtuales o acumularlo con otras actividades, de acuerdo con la reglamentación que será emitida por el regulador.

  • Adaptación a las Normas del Marco Regulatorio de los Criptoactivos

La Ley nº 14.478/2022 entrará en vigor en 180 días a partir de su publicación, para que los VASPs puedan adecuarse; considerando que la Ley fue publicada el 22 de diciembre de 2022, las nuevas normas entrarán en vigor el 20 de junio de 2023.

Además de la vacacio legis, el regulador establecerá condiciones y plazos, no inferiores a seis (6) meses, para que los VASPs que se encuentren en actividad se adapten a las disposiciones de la Ley y a las normas por ella establecidas. Es decir, solo las empresas que estén constituidas y operando en Brasil hasta el 20 de junio de 2023 podrán beneficiarse de esta norma; después del 20 de junio de 2023, las empresas que no estén activas en Brasil (constituidas y operando) no podrán entrar en el mercado hasta que se conceda la autorización del regulador.

La publicación de la Ley es un importante avance para el desarrollo del mercado de criptoactivos en Brasil, en particular al traer reglas claras para las empresas del sector y permitir a las instituciones autorizadas por el Banco Central de Brasil operar con activos virtuales.