La obligación de promover la salud mental en los centros de trabajo en Perú

Publicado el octubre 18, 2021, 8:44 pm
FavoriteLoadingAdd to favorites 9 mins
18 de octubre |
Por Silvia Rebaza Santa Cruz¹, asociada senior de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU) – Perú

El pasado 10 de octubre se conmemoró el Día Internacional de la Salud Mental, fecha que busca sensibilizar la relevancia de la salud mental como parte fundamental en la salud integral de todas las personas, así como la necesidad de evaluar las medidas necesarias para promoverla y brindar el soporte debido. Teniendo en cuenta el contexto mundial que atravesamos hoy en día y los efectos devastadores generados por la pandemia en todos los niveles de nuestra vida, resulta más importante que nunca el poder recordar la trascendencia de este tema y lo vital que resulta el promover una adecuada salud mental en distintos espacios, entre ellos el laboral.

Si bien la pandemia ha traído efectos adversos en la vida personal y familiar de las personas, estos se agravan si los centros de trabajo no establecen medidas para prevenir los denominados “riesgos psicosociales”. Debe recordarse que ya desde 1984 el Comité Mixto conformado por la Organización Internacional de Trabajo (OIT) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) señalaban que, dentro de un marco de relación laboral, los factores psicosociales consisten en aquellas “interacciones entre el trabajo, su medioambiente, la satisfacción en el empleo y las condiciones de su organización, por una parte; y por la otra, las capacidades del empleado, sus necesidades, su cultura y su situación personal fuera del trabajo; todo lo cual a través de percepciones y experiencias influyen en la salud y el rendimiento”² .

Naturalmente dentro de estas interacciones se podrán generar también riesgos vinculados con los factores psicosociales mencionados. Por ejemplo, aquellos relacionados con deficiencias en el diseño de la organización o de las jerarquías en el centro de trabajo, mala organización del tiempo de trabajo del personal, o incluso por las características propias del puesto de trabajo o sus condiciones laborales. Estos riesgos psicosociales podrán producir efectos nocivos en la salud de los trabajadores tanto a corto como largo plazo, y tanto a nivel mental como propiamente físico, como por ejemplo cuadros de estrés, que también influye en otros males físicos como problemas del corazón, estomacales, dolores musculares, entre otros.

Precisamente es por este motivo que en el Perú, nuestra Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley 29783, y su Reglamento, Decreto Supremo 005-2012-TR, contemplan como obligación del empleador la prevención en la exposición a riesgos psicosociales por parte de su personal, lo cual incluye el mantener una evaluación continua de dichos factores de riesgo. De igual modo, las normativas más especificas y recientes, como aquellas vinculadas con la realización de trabajo remoto, e incluso las normativas sanitarias para la prevención del COVID-19 en el centro de trabajo, contemplan medidas específicas de prevención de riesgos psicosociales, al requerirse la vigilancia a factores como las condiciones de empleo, equilibrio debido de carga mental y de trabajo, entre otros. A esto debemos añadir que el Reglamento de la Ley de Salud Mental, D.S. 007-2020-SA fue publicado en marzo de 2020 y contiene también medidas concretas y obligaciones para todo empleador, con respecto a la promoción de la salud mental y prevención de dichos riesgos. Entre estas medidas se contempla la obligación de implementar programas diversos que promuevan estilos de vida saludable y prevención, como por ejemplo programas que promuevan la nutrición y alimentación saludable; acceso a servicios sociales y de salud; estrategias institucionales para el manejo y flexibilidad del tiempo; programas de abordaje del agotamiento profesional, entre otros.

Teniendo en cuenta el marco de obligaciones señalado, consideramos que el empleador debe:

  1. Evaluar los riesgos psicosociales en la empresa, participando activamente para poder identificarlos, e incluso valerse del soporte de representantes del personal para facilitar el diagnostico inicial;
  2. Aplicar las medidas para eliminar, reducir o controlar los riesgos psicosociales advertidos, en dicho orden de prevalencia y en caso de ser posible;
  3. Diseñar un plan que contemple la evaluación y estrategias especificas al tipo de centro de trabajo para evitar estos riesgos a futuro y fomentar una buena salud mental en el personal;
  4. Promover estilos de vida saludables, disminuyendo situaciones estresantes para el personal; y
  5. Adoptar medidas de reajuste, control, recomendaciones y seguimiento continúo vinculadas.

Además, algunas medidas concretas que podrían ser adoptadas para prevenir los riesgos en contextos como el del trabajo remoto en esta coyuntura serían:

  1. Sensibilización del tema y mayores capacitaciones sobre salud mental, así como la determinación de vías de apoyo para los trabajadores;
  2. Validar que se respeten los horarios de trabajo establecidos o buscar nuevas alternativas que se adapten a las necesidades de cada trabajador. Además, definir los horarios de llamadas y reuniones poniendo límites de tiempo para que no sean tan largas y desgastantes;
  3. Mayor control sobre el personal directivo que tiene personal a cargo y de diseño de carga de trabajo, para evitar sobrecargas o invasión de tiempos libres del personal;
  4. Estrategias de manejo y flexibilización de tiempos de trabajo para padres/madres que se encuentren en trabajo remoto y tengan hijos en casa;
  5. Impulso de actividades de recreación segura, como pausas activas en el trabajo e incentivo del deporte en casa.

Finalmente, resulta necesario precisar que estas medidas deben promoverse no solo por el propio cumplimiento de la normativa laboral, sino para poder contribuir realmente con el bienestar y la salud de los trabajadores que prestan servicios, así como evitar efectos perniciosos que perjudican tanto a empleador como trabajador. Debe recordarse que un trabajador estresado o que se encuentra afecto por riesgos psicosociales tiene mayores posibilidades de sufrir accidentes de trabajo que otros trabajadores, además de resultar menos productivo. He ahí la importancia de adoptar estas medidas necesariamente en la coyuntura que atravesamos, pero también a futuro, lo cual contribuirá de forma específica con nuestro personal, pero a su vez también con la sociedad en general. 


¹ Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, con Diploma de Segunda Especialidad en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social. Cuenta con estudios de maestría en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social en la Pontificia Universidad Católica del Perú y es adjunta de docencia del curso Derecho Laboral Especial en la Facultad de Derecho de la misma casa de estudios. Asociada Senior del Estudio Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uria
²OIT/OMS (1984) Factores psicosociales en el trabajo: Naturaleza, incidencia y prevención. Informe del comité mixto OIT/OMS sobre medicina del trabajo. Ginebra, Suiza. Pp. 3.

Leave a Reply

  • (privado)