Por Heidi Maldonado
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) sancionó al Estado de Bolivia por no haber investigado y castigado adecuadamente una violación y por no haber protegido a la víctima, que en el momento de los hechos era una niña. Le acusa además por la revictimización que le causaron los servicios policiales, de salud y judiciales que investigaron el caso.
Brisa de Angulo Losada, colombiana nacida en Estados Unidos, de padre payanés y madre caleña, denunció en 2002, cuando tenía 16 años, que había sido violada por su primo 10 años mayor que ella.
Un fallo histórico
Según el dictamen de la Corte que se acaba de conocer, Bolivia incumplió su obligación de “garantizar, sin discriminación por motivos de género, así como por la condición de niña de la víctima, el derecho de acceso (de esta) a la Justicia”. Las asociaciones feministas que apoyaron a la víctima todos estos años han calificado el fallo de “histórico”.
La Corte encontró, por unanimidad, que Bolivia era “responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, a las garantías judiciales, a la vida privada y familiar, a los derechos de la niñez y la protección judicial”. La sentencia señala que “resulta evidente que Brisa ha padecido un profundo sufrimiento y angustia en detrimento de su integridad psíquica y moral debido a las graves violaciones cometidas por el Estado”. Se refiere, en particular, “a la flagrante revictimización” sufrida durante la investigación y el proceso penal. Este tratamiento, que se considera “cruel y degradante”, causó en De Angulo “un sufrimiento adicional a la violencia sexual y psicológica de los cuales fue víctima”.
La demandante, quien ahora tiene 37 años, no exigió compensación económica. “Lo que busco es visibilizar esta injusticia, no castigar al Gobierno Boliviano o pedir una reparación monetaria. Quisiera contribuir a que haya cambios estructurales” en Bolivia y Latinoamérica.
Sanciones contra el Gobierno de Bolivia
Una de las principales sanciones de la Corte IDH contra el Estado boliviano es obligarlo a publicar la sentencia en varios medios de comunicación y a realizar “un acto público de reconocimiento de su responsabilidad internacional”, en el que debe expresar su “compromiso de desarrollar una estrategia nacional integral, holística y transformadora” para prevenir y responder a la violencia sexual contra niñas y adolescentes, especialmente al incesto.
En este fallo también se le exige a Bolivia adecuar su normativa al consenso internacional respecto al incesto, con lo que este debe dejar de ser solo un “agravante” de otros comportamientos ilegales y debe convertirse en un delito en sí mismo. La sentencia también exige que el país elimine el delito de “estupro”, que establece penas más bajas que las de violación para una relación supuestamente consentida entre un adulto y un menor de edad.
Antecedentes
A la edad de 16 años, Brisa fue víctima de varias violaciones por parte de su primo presentando la denuncia luego de que en 2002 una psicóloga determinara que “era una menor que había sido seducida por un hombre adulto con el propósito de explotarla sexualmente”.
El violador fue sentenciado a siete años de cárcel por el delito de violación en un primer juicio que luego fue anulado. En un segundo juicio, en 2005, el victimario fue absuelto pero el proceso se volvió a anular.
Se programó una nueva audiencia en 2008 a la que el señalado no se presentó pues huyó a Colombia, su país de origen. No fue hasta mayo de 2019 que se admitió una solicitud de extradición en su contra, pero en 2022 se canceló la orden por la “prescripción de la acción penal a la luz de la normativa colombiana” y fue liberado.
Qué se espera
Bolivia tiene que buscar y obtener la extradición y el juzgamiento del presunto violador, quien vive en Colombia. De Angulo también se halla fuera de su país, “escondida”, dijo, “de la presión y las amenazas que he recibido por buscar justicia desde hace 20 años”.
La Corte ha determinado que Bolivia establezca un protocolo de tratamiento de las denuncias de agresión sexual contra niños por parte de los funcionarios de todos los niveles y reparticiones del Estado relacionados con estos casos. Estos deben ser capacitados en este protocolo. El mismo debe evitar que haya revictimización, por ejemplo, se debe limitar la investigación del cuerpo de la mujer denunciante a un solo análisis médico, y garantizar la participación de expertos en psicología y médicos especializados en situaciones traumáticas durante toda la investigación.
De Angulo recibió el fallo rodeada por representantes de las organizaciones feministas que la arroparon durante este proceso y celebró que “las cosas empiecen a cambiar para que ninguna niña tenga que volver a pasar” por lo mismo.
El 17 de julio de 2020 el caso fue presentado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y el 18 de noviembre de 2022, la CIDH, en audiencia pública, recibió las declaraciones de Brisa De Angulo Losada.