El dinámico sector del franchising, conocido por su capacidad de adaptación, inicia 2026 ante uno de sus mayores desafíos recientes: la reforma tributaria. Con la promesa de simplificar el sistema fiscal brasileño, las nuevas reglas introducen cambios profundos que exigirán atención y planificación estratégica por parte de franquiciadores y franquiciados para preservar la competitividad y la rentabilidad.
Los grandes cambios en marcha
La principal modificación es la unificación de tributos como PIS, COFINS, IPI, ICMS e ISS en dos nuevos gravámenes: la Contribución sobre Bienes y Servicios (CBS), de ámbito federal, y el Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS), de competencia estatal y municipal. En conjunto, conforman el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) brasileño, con el objetivo de instaurar la tan esperada no acumulatividad plena. Esto implica que los impuestos soportados en insumos y bienes de capital podrán generar créditos fiscales para el contribuyente, eliminando el denominado “efecto cascada”. Para el franchising, que opera con una amplia gama de bienes y servicios, este aspecto resulta especialmente relevante, aunque requerirá una revisión detallada de sus operaciones.
Otro cambio estructural es la transición del principio de tributación en origen al de destino. El impuesto se recaudará en el lugar de consumo del bien o servicio, y no en el de su producción. Para las redes de franquicias con presencia en múltiples estados, esto implicará una reconfiguración de la gestión de los flujos tributarios. Si bien la medida pretende poner fin a la denominada “guerra fiscal” entre entidades federativas, también supone la desaparición de incentivos regionales de los que muchas franquicias se beneficiaban.
Un aspecto que merece especial atención es el tratamiento del fondo de publicidad y marketing. Tradicionalmente considerado como un recurso no sujeto a tributación, existe la posibilidad de que, bajo el nuevo sistema de CBS e IBS, estos importes sean calificados como ingresos gravables para el franquiciador. Esta interpretación se basa en que la gestión de campañas publicitarias por parte de la franquiciadora podría entenderse como un servicio prestado a los franquiciados. Por su parte, aquellos franquiciados que no estén acogidos al régimen del Simples Nacional podrían generar créditos fiscales por dichos importes.
Asimismo, el sector podría enfrentarse a un incremento relevante de las alícuotas y del coste de los productos; a retos específicos para los franquiciados acogidos al Simples Nacional; a la necesidad de replantear sus estrategias de expansión ante el fin de incentivos fiscales locales; y a una actualización integral de la documentación contractual, desde la Circular de Oferta de Franquicia (COF) y el contrato de franquicia hasta los acuerdos con proveedores.
El momento de prepararse es ahora
La transición será gradual. La fase inicial de pruebas en 2026 prevé alícuotas del 0,9% para la CBS y del 0,1% para el IBS, coexistiendo con los tributos actuales. La eliminación total de los impuestos sustituidos se completará en 2033.
En este contexto, la preparación resulta esencial. Las empresas deberán centrarse en el análisis de las leyes complementarias que desarrollarán la Enmienda Constitucional 132/2023, ajustar sus estructuras de precios y, sobre todo, contar con asesoramiento especializado, especialmente en el ámbito jurídico. La revisión contractual, la redefinición de las bases de cálculo de royalties y cánones, el mapeo de operaciones y la reevaluación de estructuras societarias son pasos inaplazables.
La reforma tributaria es más que un cambio en el sistema impositivo: constituye una invitación a la reinvención estratégica de un sector que históricamente ha sabido prosperar en entornos desafiantes.
Por Camila Nicolau, abogada especializada en Derecho Empresarial y Contractual en el despacho Tardioli Lima Sociedade de Advogados.